Miércoles, 30 de noviembre 2016
En el sector de la alimentación en general y las colectividades en particular se utilizan muchos materiales que entran en contacto directo con los alimentos. En este artículo, nos centraremos en los materiales plásticos, ya que son los que tienen mayor despliegue legislativo y a la vez se usan en muchas etapas del proceso.
Las cajas de plástico de rotación interna, los envases desechables, las bandejas de comedor escolar, envases reutilizables, platos y vasos de plástico, boles… la lista puede ser infinita, pero… ¿qué se debe tener en cuenta para controlar estos materiales?
Cualquier material en contacto con los alimentos, no deben transferir sustancias a los alimentos que puedan causar un daño a la salud de las personas, provocar una modificación inaceptable de la composición de los alimentos, o provocar una alteración de las características organolépticas de éstos.
En el caso de los plásticos, el Reglamento (UE) 10/2011 sobre materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos, establece requisitos específicos para la fabricación y comercialización de materiales plásticos en contacto con alimentos.
Así pues, para controlar que los materiales plásticos que utilizamos sean aptos, debemos incluir solicitar una Declaración de conformidad como requisito fundamental; esa declaración es un documento escrito que debe contener la información especificada en el anexo V del reglamento citado y que, en definitiva, es el resultado de los ensayos de migración (migración global y migración específica de las sustancias autorizadas).
Aspectos a tener en cuenta en la declaración:
– Debe incluir los resultados de los ensayos de migración.
– Los ensayos de migración deben estar hechos con los simulantes equivalentes a los productos alimentarios que se van a poner en contacto con el producto y en condiciones parecidas (cocción, pasteurización, congelación, microondas…).
– En el caso de utilizar tintas de impresión o etiquetas adhesivas en un material de envasado, se debe proporcionar información adecuada sobre su naturaleza al fabricante plástico, para incluirlo en el ensayo de migración, de acuerdo con el considerando 30 del mismo reglamento.
– Deben revisarse los criterios de evaluación de los proveedores de materiales en contacto con los alimentos con el fin de reducir o eliminar las migraciones de sustancias tóxicas a los alimentos, teniendo en cuenta el uso esperado de ese material y los requisitos legales aplicables.
En el siguiente enlace, podéis obtener un resumen muy útil sobre la legislación vigente relativa a los materiales que se utilizan en contacto con los alimentos: Legislación sobre los materiales que entran en contacto con los alimentos.