Nueva norma sobre la información de la ausencia o presencia reducida de gluten

Nueva norma sobre la información de la ausencia o presencia reducida de gluten

08-10-2014

A partir del 20 de julio de 2016 entrará en vigor el Reglamento de ejecución –UE– 828/2014 relativo a los requisitos para la transmisión de información sobre las menciones ‘sin gluten’ y ‘muy bajo en gluten’. Os explicamos cuáles son las principales novedades respecto a la normativa anterior.

Dado el gran número de usuarios celíacos en los comedores de las colectividades, es importante que todos los profesionales conozcan que, a partir del 26 de julio de 2016, entrará en vigor el Reglamento de ejecución (UE) núm. 828/2014, que regulará las las normas de uso de las indicaciones ‘sin gluten’ y ‘muy bajo contenido de gluten’ que se especifican actualmente en el Reglamento (CE) núm. 41/2009 de la Comisión, de 20 de enero de 2009, sobre la composición y etiquetado de productos alimenticios apropiados para personas con intolerancia al gluten.

Entre las novedades más destacables de este reglamento se determina que la declaración ‘sin gluten’ solamente podrá utilizarse cuando los alimentos, tal como se ofrecen al consumidor final, no contengan más de 20 mg/kg de gluten; y que la declaración ‘muy bajo en gluten’ solamente podrá utilizarse cuando alimentos que contengan trigo, centeno, cebada, avena o sus variedades híbridas, o que contengan uno o más ingredientes hechos a partir de estos cereales, que se hayan procesado específicamente para reducir su contenido de gluten, no contengan más de 100 mg/kg de gluten en el alimento tal como se ofrece al consumidor final.

El reglamento acepta además nuevas declaraciones: ‘Adecuado para las personas con intolerancia al gluten’, ‘Adecuado para celíacos’, ‘Elaborado específicamente para personas con intolerancia al gluten’ y ‘Elaborado específicamente para celíacos’; estas dos últimas declaraciones podrán figurar si el alimento está específicamente elaborado, preparado y/o procesado para reducir el contenido de gluten de uno o varios ingredientes que contienen gluten, o sustituir los ingredientes que contienen gluten por otros ingredientes exentos de gluten de forma natural.


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